jueves, 27 de diciembre de 2007

sorpresas de los países serios

Titular de una noticia:

"Inequality law may close (...) firms"

Así a bote pronto se puede pensar que estamos ante una noticia sobre España y la Ley de Igualdad, y que en el exterior se han dado cuenta de la barbaridad que va a hacer el Presidente Zapatero en pos de la igualdad, metiendo sus zarpas en el sacrosanto mercado libre y demostrando una vez más nuestro Presidente su sectarismo y deficiencias intelectuales. Sin embargo, el titular se refiere a otro Estado: Noruega.

Pues sí, en el año 2003 el país de los salmones y el petroleo promulgó una Ley que requería que al menos el 40% de los sitios de una junta directiva fueran a parar a manos de las mujeres. Y a la vista de los resultados a funcionado, mientras que en 2001 sólo el 6% de los puestos eran mujeres, en la actualidad alcanza el 37%, convirtiendo a Noruega en el país con mayor proporción de mujeres en los consejos. Suecia viene la segunda con el 19%.

Otro dato sorprendente es que la promotora de la Ley no fué una feminista bollera con ansias de destruir el capitalismo sino por la secretaria de industria y comercio del partido Conservador, la señora Ansgar Gabrielsen. Según la susodicha la razón por la que insistió en la Ley radicaba en que:

"I could not see why, after 25-30 years of having an equal ratio of women and men in universities and with having so many educated women with experience, there were so few of them on boards".

Además parte de la desigualdad no radicaba en la sabia mano invisible o del panadero codicioso, al contrario, ella

"saw how board members were picked: they come from the same small circle of people. They go hunting and fishing together. They're buddies".

En atención a tales circunstancias se aprobó la ley y es posible que las compañias que no cumplan serán cerradas de acuerdo con las sanciones previstas en el texto jurídico.

Sin duda el ejemplo de Noruega ha podido servir de modelo de referencia para el actual Gobierno, asimismo, nos sirve de ejemplo para actuar en circunstancias semejantes. Aunque personalmente sigo dudando de la eficacia de la ley aprobada en España, quiero poner de relieve como en otros países que no están llenos de progres irredentos, cobardes, que no paran de fumar porro y lo peor de todo pacifistas¡¡ también realizan actuaciones parecidas, y con éxito como se puede comprobar.

lunes, 24 de diciembre de 2007

John Bolton y su rabia contenida.

Si atendemos a las críticas realizadas tanto por el The Economist y por el Financial Times se puede deducir que el libro escrito por John Bolton Surrender Is Not an Option: Defending America at the United Nations es una ocasión perdida para comprender mejor la política exterior de George Bush. Y es una pena que esto sea así, pues hubiera permitido conocer en mejor medida ciertas actitudes y posiciones tomadas por la administración estadounidense, acertadas o erróneas.

Como resalta la opinión de Gideon Rachman en el FT en el libro hay citas y reflexiones interesantes, en cuanto que también controvertidas, que no son explicadas, dejando al lector sumido en un poso de dudas o incredulidad. Así, llega a afirmar que los "treaties [son] essentially only political documents, and the whole debate over what was 'legally binding' in 'international law' as just another theological issue". Sin duda a aquellos que hemos estudiado el Derecho Internacional una enunciación de tal calibre hubiera sido importante que hubiera matizado el alcance de su frase. No obstante, como señala Rachman, no explica nada más.

Si bien, frases como la arriba mencionada no son la excepción y si la regla. Bajo tales afirmaciones subyace una concepción del Derecho Internacional en la cual queda reducido a un mero instrumento de poder utilizado por los Estados, principalmente por Estados Unidos, para hacer lo que les venga en gana sin respetar nada. Es cierto que su formación es reflejo de la comunidad internacional existente y de los equilibrios de poderes substantivos. No obstante, el Derecho Internacional es más que eso y tiene una profundidad mayor que personas como Bolton desearían.

Otro ejemplo claro de su desconocimiento del Derecho Internacional puede observarse en la revista The American Interest, en cuyo número 4, donde aparece el ex-embajador ante la ONU en una amplia entrevista. En la susodicha revista John Bolton, afirma que el Secretario General de las Naciones Unidas es una mera figura administrativa, negando que pueda ser una especie de "world's chief diplomat". Es cierto que la propia Carta declara que el Secretario es un "chief executive officer", pero si se atiende a lo que tenía en mente los padres fundadores, a fuentes del Derecho Internacional como la costumbre, se puede manifestar que la función de aquel no ha sido nunca meramente de mero administrador. El propio articulado le reserva una función eminentemente política en su artículo 99 donde "[e]l Secretario General podrá llamar la atención del Consejo de Seguridad hacia cualquier asunto que en su opinión pueda poner en peligro el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales". Tal opción como el artículo describe permite poner en aviso sobre cualquier situación que considere importante, no está limitado a las circunstancias que obliga al Consejo sólo a funcionar cuando se de una situación que realmente esté poniendo en peligro la paz y seguridad internacionales.

Por tanto, con citas como la arriba descrita se puede entender ese desprecio ante el Derecho Internacional, erroneo por otra parte, además de demostrar una ignorancia (consciente o no) de como funcionan las cosas.